You Tube, Derecho de Autor y monetización de contenidos en tiempo de pandemia (o como lo perfecto es enemigo de lo bueno)
Todos nos sabemos parte, como actores o espectadores, de la revolución digital, donde incluso en momentos de una tragedia humanitaria tan dura como inesperada, el ingenio y la creatividad no se detiene, poniendo a prueba las nuevas estructuras de poder dentro del ecosistema que domina la cotidianidad humana.
Una vez más, las instituciones y actores que forman parte de la Propiedad Intelectual evidencian su peso específico, como factor de equilibrio entre intereses generales e individuales y como principal mecanismo de interacción en momentos de distanciamiento social.
Sabemos también que, en el marco de las nuevas relaciones forjadas en los espacios virtuales, y como nunca antes, los ciudadanos somos una fuerza con capacidad de influenciar y generar contenido que propicie cambios fundamentales en los patrones de consumo y pensamiento.
Muestra inequívoca de ello es la encrucijada en la que se ha encontrado YouTube®, empresa parte del conglomerado corporativo alrededor de Google, y uno de los Goliats del Internet, para “reglar” sobre la monetización de contenidos relacionados con el Covid-19 generados por usuarios de la plataforma. Sobra recordar que la mayoría de la información puesta a disposición del público tiene un propósito comercial, y la avalancha de material generado por razón de la pandemia mundial no escapa de ello, convirtiéndose además en el tema de la agenda global.
Sabido es que el modelo de negocios de YouTube® contempla diversas opciones mediante las cuales los creadores de contenidos generan dinero por el tráfico de los usuarios (anuncios true view, banner estándar o bumpers por ejemplo), dentro de ciertas reglas de juego básicas, como todos los relacionados con la titularidad sobre el derecho de autor, o en el caso del contenido mismo que esté asociado con advertising friendly content.
Quienes hacen vida activa dentro de esta plataforma con o sin fines lucrativos, y luego de no pocos años de conflictos, entienden que la originalidad es la clave para propiciar el tráfico necesario para que se activen disparadores económicos o lograr la mayor difusión si el dinero no fuese de interés, entendiendo que se encuentran en uno de los ambientes más competitivos en el entorno digital.
Ahora bien, como una muestra más del eterno proceso de aprendizaje que atraviesan las sociedades a lo largo de la historia, un evento con consecuencias tan devastadoras como democráticas (nadie está a salvo de ser un paciente más o un portador pasivo), el gigante californiano ha tenido que revisar y cambiar, con una velocidad similar al crecimiento del virus, su posición respecto a permitir o no la generación de beneficios económicos a quienes hagan uploading de material relacionado con el COVID-19, dentro de una política general de actualizaciones respecto cómo la empresa está afrontando la crisis mundial (ver https://support.google.com/youtube/answer/9777243?hl=en actualizado al 29/3/20), para acercarse al ya de por sí complejo concepto de ser “políticamente correcto”, en tiempos donde el escrutinio ciudadano es global e inmediato y la credibilidad de la información se torna cada vez menos confiable.
Estas decisiones controversiales comenzaron en los primeros días de marzo, con la remoción de contenidos o el anuncio de prohibir la monetización de la información relacionada con la pandemia que fuese más allá de una mera referencia circunstancial del tema, por considerarlo parte de los tópicos que atentan contra el advertising friendly content policy de la plataforma. Estos, aun cuando pueden mantenerse accesibles al público, quedan fuera o minimizados de la captación de recursos por la vía de la publicidad. Como sabemos, YouTube® y los agregadores de material, generan ingresos a partir del tráfico producido por contenidos de interés a los cuales se vinculan marcas, personas o instituciones que desean desplegar publicidad para los usuarios.
Sin embargo, ya el 11 de marzo la propia Directora General de YouTube® tuvo que dirigirse a su público relevante (anunciantes y generadores de contenido), para anunciar que se permitiría la generación de beneficios para contenidos asociados al COVID-19, justificando su primera decisión sobre la premisa de pensar que el virus sería una tragedia de corto plazo, pero que al convertirse en un desastre humanitario sin precendentes recientes, revertía la decisión para que se puedan monetizar:
- Desde determinados canales, especialmente aquellos que califican como noticiosos
- Facilitando para los creadores de estos contenidos la opción de “auto-certificación”, que permite una revisión automatizada de contenidos para una eventual generación de ingresos.
El 16 de marzo, ante el crecimiento de la pandemia, nuevamente la CEO advirtió públicamente que, dado que el algoritmo de YouTube® es un híbrido de procesos tecnológicos más revisión humana, y vista las medidas de proteccción al personal que obligan a una reducción de la capacidad de respuesta de su staff, era lógico aumentasen el número de contenidos censurados.
De esta manera, sigue quedando claro que las reglas del juego no cambian, sino que se adaptan. Por un lado, el medio de comunicación o plataforma mantiene sus políticas para permitir la circulación del material dentro de su espacio, escuchando las voces de sus clientes y socios en la generación de beneficios económicos (autores y anunciantes publicitarios), pero intentando también ser respetuosos de intereses superiores. Sirva esta cronología que combina, información, salud, derechos colectivos e individuales, como una prueba clarísima del nuevo equilibrio que se continúa gestando para la convivencia de todos los actores relacionados con el entorno de la Propiedad Intelectual, al cual se suma como un nuevo poder, la voz de los usuarios, empoderados desde el amplificador de las redes sociales.
Para entender mejor las reacciones de la comunidad de creadores y defensores de la libertad de expresión véase: https://www.theverge.com/2020/3/4/21164553/youtube-coronavirus-demonetization-sensitive-subjects-advertising-guidelines-revenue (visitado el 28 de marzo de 2020).
Ricardo Alberto Antequera H.
- Socio Director de Antequera Parilli & Rodríguez
- Abogado, Especialista en Propiedad Intelectual
- Profesor Universitario
- Árbitro y Mediador