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By Luis Antonio Jaimes
Marcas, Trademark

Por: Luis Antonio Jaimes

Sobre el sistema de clasificación de marcas en Venezuela. Análisis de su implicación en el proceso de renovación de registros marcarios

 

   Los seres humanos siempre hemos tratado de buscar el orden de las cosas para facilitarnos el trabajo y desde tiempos inmemorables una de las formas ha sido clasificar las cosas. En el área de la Propiedad Industrial se ha establecido un sistema de clasificación de productos y de servicios que resulta obligatorio al momento de realizar el trámite para el registro de una marca.

Si bien este sistema de clasificación de registros marcarios es exigido en la mayoría de los países, desarrollaremos a grandes rasgos el régimen venezolano que resulta complejo y con una evolución histórica bastante interesante.

 

Evolución histórica del sistema de clasificación venezolano

   En 1877 la Ley de Marcas de Fábricas y de Comercio fue la primera Ley en regular la materia de Propiedad Industrial, sin embargo, no fue hasta su Resolución Reglamentaria en 1920 que estableció La Clasificación Oficial de los productos, actividades o servicios, contemplando 50 clases. En 1927 es reformada la Ley, manteniéndose vigente la citada Resolución hasta que en 1929 se dicta el Reglamento a la Ley de marcas de Fábrica, de Comercio y de Agricultura (nombre para ese momento), que incluye la Clasificación Oficial sin ninguna modificación. Plausiblemente en el año 1955 la Clasificación Oficial obtiene rango legal, al entrar en vigencia la Ley de Propiedad Industrial que deroga la Ley de 1927.

   En 1973 Venezuela se adhirió al Acuerdo de Cartagena pasando a formar parte de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Surgieron varias Decisiones (85, 311, 313, 344 y 486) en materia de Propiedad Industrial, sin embargo sólo se aplicaron efectivamente en Venezuela las decisiones 344 y 486, denominadas Régimen Común Sobre Propiedad Industrial. Estas Decisiones tuvieron primacía sobre la legislación nacional, por lo que en 1993, cuando fue publicada la Decisión 344, la Ley de Propiedad Industrial de 1955 pasó a ser una ley supletoria y el Sistema de Clasificación Nacional fue derogado al establecerse el uso obligatorio de la Clasificación Internacional de Niza. Este criterio se mantuvo en la decisión 486 del año 2000.

   Ahora bien, en el año 2006 Venezuela denunció el Acuerdo de Cartagena lo que implicó su salida de la CAN, sin embargo, la normativa se siguió aplicando hasta que en el año 2008 el Servicio Autónomo de la Propiedad Industrial (SAPI), repuso la vigencia de la Ley de Propiedad Industrial del año 1955 mediante Aviso Oficial. Esta posición implicó varias discusiones doctrinarias acerca de si la Clasificación Internacional de Niza debía continuar aplicándose o no, no obstante, el SAPI nunca dejó de acogerla y a partir de este momento lo resaltante es la aplicación simultánea de las clasificaciones internacional y nacional.

   Aun así, nos preguntamos cuál es el fundamento legal para continuar con su aplicación. En este sentido, podemos afirmar que al pertenecer el Estado venezolano al Mercado Común del Sur (MERCOSUR) se está en la obligación de utilizar el Clasificador Internacional, dado que su normativa lo contempla y en concordancia con lo establecido en la Constitución Nacional es de aplicación directa (Artículo 153).

   Actualmente, el sistema online del SAPI (WEBPI) está adaptado para realizar los registros marcarios en la Clasificación Internacional y su equivalente en la clase nacional, sin embargo, una vez emitido el certificado de registro de la marca solo se hace mención a la clase internacional correspondiente.

Resulta importante conocer en qué consisten estos dos sistemas de clasificación:

1. Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas. (Clasificación de Niza)

   Surgió en 1957 y establece una clasificación de productos y servicios para el registro de marcas. Es el sistema principal de clasificación. Venezuela nunca fue parte del Arreglo de Niza relativo a la clasificación internacional de productos y servicios para el registro de las marcas, sino que aplicarla resultó obligatorio a partir de la Decisión 344, la Decisión 486 y actualmente por ser parte del MERCOSUR. En el trámite de registro de una marca ante el SAPI se debe indicar las clases de la clasificación en las cuales se incluyan los productos y servicios que sean objeto de registro.

   Para cumplir con lo anterior, la clasificación de Niza está conformada por: 45 clases, de la 1 a la 34 se agrupan los producto y de la 35 a la 45 los servicios. Notamos que este sistema de clasificación está en constante actualización gracias al Comité de Expertos quienes deciden todos los cambios que se han de realizar. Actualmente han realizado 11 ediciones, la última entró en vigencia en enero de 2017.

2. La clasificación nacional:

   Establecida en el Capítulo XIII de la Ley de Propiedad Industrial, conforma 50 clases. Es importante resaltar que en el año 2012 el SAPI publicó un Aviso Oficial con el propósito de dar cumplimiento al particular sistema de clasificación venezolano (internacional – nacional), de manera que facilite al público el registro de la marca al ofrecer una tabla contentiva de la clasificación nacional y su equivalencia con la Décima Edición de la Clasificación de Niza que es utilizada por el personal del SAPI.

   En el proceso de renovación, ¿Qué implicación tiene el sistema de clasificación venezolano? En un próximo artículo resolveremos esta cuestión. En caso de dudas contacte a un representante legal calificado.

 

Fuentes:

  • Logo de fotografía creado por Creativeart – Freepik.com
  • El Régimen de la Propiedad Industrial, Hildegard Rondón de Sansó, Caracas (1995).
  • La Situación Actual de la Propiedad Industrial (Venezuela – Noviembre de 2008), Hildegard Rondón de Sansó, Caracas (2008).
  • Avances en la Aplicación de Tratados Internacionales de Propiedad Industrial en Venezuela, Ricardo Enrique Antequera, Caracas (2016). http://www.antequera.com.ve/index.php?mod=articles&exec=detail&id=590
  • Artículos de la página oficial de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
  • Reseña del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas (1957) http://www.wipo.int/treaties/es/classification/nice/summary_nice.html
  • Acerca de la Clasificación de Niza: http://www.wipo.int/classifications/nice/es/preface.html
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